Historia de Avila, su provincia y obispado, Tomo Primero

Juan Martín Carramolino

Juan Martín Carramolino (1805-1881) Político y jurista español. Historia de Avila, su provincia y obispado, Tomo Primero. Librería Española, Calle de Carmen, 32, Madrid, 1872

Páginas 456 y 457.

Colindantes, como queda dicho, ocupando todo el espacio hasta la puerta de Gil González Dávila, ó sea del Rastro, y llevando todavía su inspección y mando más allá de ella, están las casas que fueron de los predecesores del célebre aviles Esteban Domingo, que por más de tres siglos se han llamado del marqués de las Navas, poseídas hasta nuestros dias por la de Medinaceli, y hace ya algunos años por la del duque de Abrantes; su fachada principal es idéntica en su construcción á la de la muralla. Sobre sus dos magníficas puertas, de elevados y anchurosos arcos formados por esbeltas dovelas, semejantes á los que se ostentan otros varios en Avila, y en lo más alto del muro, se ven fortísimos matacanes que las protegían. A los lados de ellas estaban, hasta pocos años há, cuatro grandes toros, marranos ó elefantes de piedra de los muchos que hay en el país, y que hoy, por facilitar el paso de la acera, se hallan recogidos en el patio en que estuvieron las habitaciones principales. 

Página 462.- 

Severa, adusta y hasta imponente se muestra la casa del Mayorazgo de los Verdugos, que hoy posee D. Ramón de Campomanes en la calle de Soufraga presenta todo el carácter de fortaleza; labrada su fachada de obscura piedra sillar, y defendida su puerta por dos torres cuadradas en sus extremos, en sus bajos ostenta las aberturas que servían para el juego de saetas, arcabuces ó mosquetes; y en los ángulos que forman con la cortina existían dos grandes piedras , figuras de los toros, elefantes ó marranos de que ya hemos hecho mención; hoy no hay más que uno; el otro está tendido hace años en la plazuela de la Feria al barrio de Santiago y á la esquina del corral llamado de Concejo, porque al trasladarle á la Serna, heredamiento de esta distinguida familia, se rompió el carro en que se le conducía, y allí se quedó, sin que ni el dueño ni el Ayuntamiento le muevan del sitio en que cayera, sirviendo de obstáculo y hasta de peligro para la vía pública.